
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, emitió un proyecto de decreto mediante el cual modificaría el Decreto 1068 de 2015, “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público”, en lo relacionado con las reglas de funcionamiento para el uso de Centros de servicios compartidos, esquemas de cooperación y coordinación y apoyo externo por parte de las organizaciones de la economía solidaria que prestan servicios de ahorro y crédito.
La iniciativa establecería criterios mínimos de idoneidad para el funcionamiento de los Centros de Servicios compartidos, esquemas de cooperación y coordinación y apoyo externo, para las organizaciones de la economía solidaria que prestan servicios de ahorro y crédito, supervisadas por las Superintendencia de la Economía Solidaria, es decir, cooperativas de ahorro y crédito, cooperativas multiactivas e integrales con sección de ahorro y crédito, fondos de empleados y asociaciones mutuales.
Las organizaciones de la economía solidaria que prestan servicios de ahorro y crédito, deberán reportar periódicamente a la Superintendencia de la Economía Solidaria información sobre los Centros de servicios compartidos, esquemas de cooperación y coordinación y apoyo externo a los que acuden o se encuentran vinculados en desarrollo, así como los productos y servicios que obtienen o las actividades que desarrollan a través de estos
Fuente: Red Jurista