
El Gobierno Nacional expidió el reglamento de las entidades pertenecientes al Régimen Tributario Especial, de acuerdo a las modificaciones que fueron aprobadas en la pasada Reforma Tributaria Estructural (Ley 1819 de 2016).
De acuerdo con la DIAN, el decreto expedido consagra varios aspectos, como el manejo impositivo de las donaciones y los requisitos que deben cumplir los contribuyentes para pertenecer al Régimen Tributario Especial (con lo que se reitera la función social que deben cumplir), así como el tratamiento tributario de los ingresos, egresos y el patrimonio de las entidades sin ánimo de lucro y las entidades (Esal) del sector cooperativo.
En cuanto a las donaciones que realicen los ciudadanos a las ESAL, este decreto consagra los requisitos y condiciones para acceder al beneficio tributario, aplicable a partir del 1 de enero de 2017, siempre y cuando se hagan a este tipo de contribuyentes y a las entidades no contribuyentes de las que tratan los artículos 22 y 23 del Estatuto Tributario.
El procedimiento de exclusión del régimen y sus efectos en el Impuesto Sobre la Renta y Complementario, así como la exención del beneficio neto o excedente y su distribución, también hacen parte de este reglamento, destaca la DIAN.
En cuanto a las cooperativas, el decreto precisa que, si bien éstas son del Régimen Tributario Especial, la ley les fijó obligaciones relacionadas con el registro web, la aplicación de las causales de exclusión y de las reglas en materia de abuso. Así mismo, se reglamenta el procedimiento para la aplicación del beneficio neto o excedente de estas entidades.
La nueva reglamentación también establece que las ESAL creadas entre el primero de enero y el 31 de diciembre de 2017 pertenecerán al régimen para el año gravable 2017, debiendo actualizar el RUT con la responsabilidad Régimen Tributario Especial del Impuesto Sobre la Renta y Complementario “04”, a más tardar el 31 de enero de 2018. Y para continuar en este régimen en el año gravable 2018, deberán presentar y radicar la información necesaria a través del aplicativo disponible en la página web de la DIAN, a más tardar el 30 de abril de 2018.
Tomado de : El Espectador