22 de Marzo del 2020
Gobierno decreta plazos especiales para la renovación de matrícula mercantil y registros del RUES
Decreto 434 de 2020

Con la expedición del Decreto 434 del 19 de marzo de 2020, y haciendo uso de las atribuciones conferidas en la Constitución Política de Colombia, el presidente Iván Duque Márquez, con la firma de todo su gabinete ministerial, extendió el plazo para la renovación de la matrícula mercantil, el RUNEOL y demás registros que integran el Registro Único Empresarial y Social (RUES), con excepción del Registro Único de Proponentes (RUP), hasta el 3 de julio de 2020.

Lo anterior, teniendo en cuenta el estado de emergencia declarado en días pasados por el mandatario y que, de acuerdo con el artículo 33 del Decreto 410 de 1971, por el cual se expide el Código de Comercio, “La matrícula se renovará anualmente, dentro de los tres primeros meses de cada año”, y el segundo inciso del artículo 166 del Decreto Ley 019 de 2012 que precisa: “con el objeto de mantener la actualización del registro y garantizar la eficacia del mismo, la inscripción en los registros que integran el RUES, y el titular del registro renovará anualmente dentro de los tres primeros meses de cada año”, lo que hace urgente la adopción de medidas para evitar efectos económicos asociados, y una menor congregación de personas en las Cámaras de Comercio.

El Decreto también indica que las personas que deban hacer la renovación del RUP, podrán presentar la información requerida para este proceso, a más tardar el quinto día hábil del mes de julio de 2020, conservando todos los derechos concedidos por la Ley. En el caso de las reuniones ordinarias de las asambleas, solo podrán efectuarse “hasta dentro del mes siguiente a la finalización de la emergencia sanitaria declarada en el territorio nacional”.

Para efectos de conocimiento público, dentro de los cinco días siguientes a la expedición del Decreto, las Cámaras de Comercio deberán publicar en un periódico de circulación nacional y en sus sitios web, las extensiones concedidas.

Conozca el Decreto completo en el documento que aparece a continuación.

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