El decreto establece las apropiaciones para el próximo año, luego de que Senado y Cámara aprobaran textos diferentes y no se alcanzara un acuerdo dentro del plazo legal.
El Gobierno nacional fijó en $634,95 billones el Presupuesto General de la Nación para 2027, mediante el Decreto 1599 del 22 de octubre de 2026. Los recursos corresponden a la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del próximo año.
La expedición del decreto se produjo después de que el Senado de la República aprobara el presupuesto el 19 de octubre y la Cámara de Representantes hiciera lo propio el 20 de octubre, con modificaciones diferentes al texto que se había presentado para segundo debate. El 21 de octubre, la Cámara informó al Ministerio de Hacienda que las diferencias no habían sido conciliadas y que el plazo para hacerlo ya había vencido.
Ante la falta de aprobación definitiva dentro del término previsto, el Gobierno aplicó lo establecido en el artículo 59 del Estatuto Orgánico del Presupuesto y el artículo 348 de la Constitución Política. Estas disposiciones contemplan que, en esas circunstancias, rija el proyecto presentado por el Ejecutivo, con las modificaciones aprobadas durante el primer debate en las comisiones económicas conjuntas.
El monto fijado para 2027 es de $634.952.040.871.099, tanto para el presupuesto de rentas y recursos de capital como para el presupuesto de gastos. El decreto incluye las apropiaciones de las entidades nacionales y el detalle de los recursos destinados a funcionamiento, inversión y servicio de la deuda pública.
En las partidas correspondientes al sector Trabajo, el decreto asigna al Ministerio del Trabajo un presupuesto total de $58,82 billones, de los cuales $58,20 billones corresponden a funcionamiento y cerca de $616.000 millones a inversión. Para el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), establece un presupuesto total de $8,51 billones.
El Decreto 1599 de 2026 define así el marco presupuestal que orientará la gestión financiera del Estado durante 2027. Su ejecución se desarrollará a lo largo de la próxima vigencia, de acuerdo con las apropiaciones y las disposiciones establecidas en el documento.
Fuente: Decreto 1599 del 22 de octubre de 2026, Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

