
En un acto lleno de simbolismos y advertencias, la Casa Museo Quinta de Bolívar, en Bogotá, fue el escenario en el que este miércoles -25 de junio- fue sancionada finalmente la reforma laboral del presidente Gustavo Petro, un proyecto que oficializa uno de los cambios más polémicos, resistidos y resucitados de su gobierno.
Con esta sanción, ante centrales obreras, voceros estudiantiles, congresistas aliados y figuras del sindicalismo, la reforma deja de ser un proyecto para convertirse oficialmente en ley de la República y deja atrás un tortuoso trámite legislativo que incluyó dos hundimientos, una amenaza de consulta popular y una última maratón de conciliaciones que salvaron el texto a sólo semanas del cierre del período legislativo.
Estas nuevas reglas de juego para el mercado laboral llegan con una advertencia contundente a los empresarios y es que no se tolerará que sean ignoradas o burladas; razón por la cual se desplegará una vigilancia estricta.
“Le dije al Ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, que necesito por lo menos 1.000 inspectores visitando empresas. Compañía que no aplique la reforma, ¡chum! De acuerdo a la ley y a la norma", declaró Gustavo Petro, dejando claro que el cumplimiento no será opcional. El presidente citó incluso casos en Antioquia donde, según denunció, se estaría anunciando la negativa a acatar las nuevas condiciones laborales.
Un nuevo mapa
Con la sanción presidencial, se activa un cambio profundo en las reglas del mercado laboral colombiano, que afecta tanto a trabajadores como a empleadores en múltiples niveles. El objetivo declarado del Gobierno es “dignificar el trabajo”, pero sus críticos, especialmente desde el sector empresarial, advierten un incremento significativo en los costos operativos, que podría impulsar informalidad y cierres de pequeños negocios.
Uno de los pilares centrales de la reforma es que el contrato a término indefinido será ahora la regla general y aunque los contratos por obra o labor seguirán existiendo, no podrán superar los cuatro años. Esto pone freno a esquemas de vinculación laboral temporal prolongada, utilizados en múltiples sectores.
Además, se formaliza el contrato de aprendizaje del Sena, que ya no será una figura de formación con auxilio económico, sino un contrato laboral a término fijo, con todas las prestaciones legales. El aprendiz recibirá, como mínimo, en la fase lectiva el equivalente al 75% de un salario mínimo (antes era 50%) y en la práctica el 100% (antes era 75%).
Otro cambio clave es el adelanto de la jornada nocturna, que ahora comenzará a las 7:00 p. m. (antes era a las 9:00 p. m.), generando un recargo del 35%. Este ajuste entrará en vigor seis meses después de la sanción.
También se modifican los recargos dominicales y festivos, que aumentarán de forma gradual del actual 75% al 100%; comenzando este año con un ajuste al 80%, para luego pasar al 90% en 2026 y del 100% finalmente en 2027.
En este punto también hay que decir que la jornada máxima legal se reduce a 42 horas semanales, sin reducción salarial. Estas deberán distribuirse entre cinco y seis días, garantizando un día de descanso y sin exceder las 8 horas diarias. Las horas extras no podrán superar 2 por día ni 12 por semana.
Servicio doméstico
Entre las nuevas reglas del mercado laboral, quedó establecido que los repartidores de plataformas digitales podrán ser dependientes o independientes. Si son independientes, las plataformas deberán asumir el 60% de los aportes a salud y pensión, y el 100% a riesgos laborales.
Así mismo, los internos de medicina que actualmente no reciben salario, serán remunerados con un salario mínimo mensual, además de estar afiliados a la seguridad social. Para el caso de las empleadas domésticas y madres comunitarias deberán ser contratadas formalmente, con registro en la PILA, y el ICBF deberá vincular progresivamente a estas últimas en su planta oficial.
La ley también crea nuevas licencias remuneradas para citas médicas, endometriosis, y compromisos escolares. Además, establece que los trabajadores que certifiquen uso habitual de bicicleta para ir al trabajo podrán tener un día de descanso remunerado cada seis meses. En cuanto al teletrabajo, se consolida la obligación de otorgar auxilio de conectividad a quienes ganen menos de dos salarios mínimos.
Las empresas con hasta 500 empleados deberán vincular al menos dos personas con discapacidad por cada 100 trabajadores. Para las que superen ese número, se añade una persona por cada tramo de 100 adicionales. La ley también obliga al Ministerio de Trabajo a crear una política pública contra la discriminación, el acoso y la violencia laboral en un plazo de 12 meses.
Fuente: Portafolio