
Buscando proteger la solidez y la confianza en las organizaciones solidarias y proteger los intereses de sus asociados, el superintendente de la Economía Solidaria, Ricardo Lozano, expidió la Carta Circular No. 11, con las medidas prudenciales de carácter transitorio que, en materia de cartera de créditos, deberán tener en cuenta las entidades, durante el término de las medidas sanitarias tomadas por el Gobierno nacional frente al Covid-19, de la siguiente manera:
1. Modificación de las condiciones inicialmente pactadas de los créditos, con el fin de permitirle a los deudores la atención adecuada de sus obligaciones ante el potencial o real deterioro de su capacidad de pago, sin que estos ajustes sean considerados como una reestructuración en los términos señalados en el Capítulo II, de la Circular Básica Contable y Financiera.
2. El establecimiento de periodos de gracia que atiendan a la situación particular del asociado, para los créditos en las condiciones y términos allí establecidos.
3. La no restricción en la disponibilidad de créditos rotativos y en los cupos de las tarjetas de crédito.
También indicó que es pertinente tomar medidas de carácter prudencial y previsivo dentro de la misma temporalidad sobre los cambios en las condiciones de los créditos, para los que se aclara, no deben extenderse a programas masivos de refinanciación, ni constituirse en una práctica generalizada para normalizar la cartera. Además, que para la aplicación de alivios deberá darse prioridad a los asociados que realmente los necesiten por hacer parte de sectores vulnerables.
Lo anterior, teniendo en cuenta la implicación para los flujos de caja de cada entidad, pues de ninguna manera se podrá afectar la liquidez de las organizaciones por lo que los cobros deberán continuar realizándose para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones.
En la circular, la Superintendencia también hizo recomendaciones sobre la distribución de los excedentes y la adopción de mecanismos tecnológicos que les permita verificar la identificación de los nuevos asociados.
Consulte la Carta Circular No. 11. Aquí