Vigencia 2018
En cumplimiento a lo establecido en el Artículo 14° del decreto 648 mediante el cual se adicionó al Capítulo 3 del Título 21, Parte 2, Libro 2 del Decreto 1083 de 2015, el cual en su artículo 2.2.21.4.9 literal b, reitera la obligatoriedad de presentación de “Los informes a que hace referencia los artículos 9 y 76 de la Ley 1474 de 2011”. Y en cumplimiento de los lineamientos impartidos por el Departamento Administrativos de la Función Pública, respecto del Informe pormenorizado a presentar, La Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias presenta el informe pormenorizado de control interno para el periodo comprendido entre febrero de 2018 y junio de 2018.
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