28 de Diciembre del 2018
Más de 260 bienes muebles son dados de baja por la Unidad Administrativa
bienes

Cumpliendo con el deber de las entidades del orden nacional que conforman la administración pública de “asumir la responsabilidad en el manejo de sus bienes, así como diseñar, adoptar, interpretar y aplicar las medidas y mecanismos que permitan el control, racionalización, buen uso y destinación de los mismos”, la Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias, pone a disposición de las Entidades públicas de cualquier orden, los  bienes muebles de su inventario que fueron dados de baja por encontrarse en situación de deterioro, obsoletos, en desuso o destrucción.

De acuerdo con el artículo 2.2.1.2.2.4.3 del Decreto 1082 de 2015, “las Entidades que estén interesadas en adquirir estos bienes a título gratuito, debe manifestarlo por escrito dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la fecha de publicación del acto administrativo. En tal manifestación la Entidad Estatal debe señalar Ia necesidad funcional que pretende satisfacer con el bien y las razones que justifican su solicitud” De igual manera debe tenerse en cuenta que “si hay dos o más manifesfaciones de interés de Entidades Estatales para el mismo bien, la Entidad Estatal que primero haya manifestado su interés debe tener preferencia. Los representantes legales de la Entidad Estatal titular del bien y la interesada en recibirlo, deben suscribir un acta de entrega en la cual deben establecer Ia fecha de la entrega material del bien, la cual no debe ser mayor a treinta (30) días calendario, contados a partir de la suscripción del acta de entrega".

Las entidades públicas interesadas en estos bienes deberán manifestar la aceptación de la oferta por escrito dirigido a la Subdirección Nacional de La Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias, ubicada en la Carrera 10 No. 15-22 de Bogotá, o a través del correo electrónico: atencionalciudadano@orgsolidarias.gov.co dentro de los treinta (30) días calendario posteriores a la publicación de la resolución que puede consultar a continuación.

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